El objetivo de estas ayudas es favorecer el desarrollo de proyectos colaborativos entre una pyme tractora y una Startup o una Empresa de Base Tecnológica (EBT). Dirigidos al desarrollo de soluciones a retos empresariales no cubiertos por el mercado, basados en un modelo de innovación abierta.
Una empresa, de cualquier forma jurídica de carácter societario, que plantee la necesidad de buscar una solución a una necesidad que tenga y que, por cualquier circunstancia, no exista actualmente ninguna solución en el mercado.
Empresas de cualquier forma jurídica, incluidos los autónomos, que cumplan los siguientes requisitos: no hayan transcurrido más de cinco años desde su constitución; y que desarrollen un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable.
Una empresa de cualquier forma jurídica, incluidos autónomos, que basa su actividad en las aplicaciones de nuevos descubrimientos científicos o tecnológicos para la generación de nuevos productos, procesos o servicios.
Un modelo basado en la co-creación en el que tanto las empresas como expertos y profesionales externos trabajan de manera colaborativa, aportando ideas y soluciones, y estando dispuestos a compartir el beneficio de dicha colaboración.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las pymes tractoras. Es decir, empresas de cualquier forma jurídica de carácter societario, que plantee la necesidad de buscar una solución en su contexto empresarial que, por cualquier circunstancia, no exista actualmente ninguna alternativa en el mercado y que cumplan los siguientes requisitos:
Las ayudas se resolverán una vez cerrada la convocatoria en función de la puntuación obtenida por los solicitantes en base a los criterios de valoración.
La pyme tractora y la startup o EBT, realizarán un contrato o acuerdo de colaboración basado en un modelo de innovación abierta. Debe contener lo siguiente:
El Acuerdo de Colaboración es un documento que debe reflejar, a través de un contrato o convenio, el alcance, los objetivos y las responsabilidades que conlleva el marco de cooperación establecido con carácter previo a la solicitud de la ayuda.
Se consideran subvencionables los gastos que debe incurrir la pyme tractora por la contratación de una startup o EBT para la realización de los servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación en el que se basa el desarrollo del proyecto.
Las ayudas cubren el 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 25.000 euros por proyecto (IVA excluido).
Estas ayudas se tramitan en régimen de concurrencia competitiva. Se valorará la información que hayas aportado en la memoria.
Los criterios* de valoración son:
*Consulta las bases reguladoras, para conocer todos los criterios de valoración y ponderación.
Las solicitudes de ayuda que no alcancen un mínimo de 50 puntos, serán denegadas.
Presentación de la solicitud de subvención en modelo oficial y documentación asociada.
Solicitud de documentación o trámite de audiencia en su caso.
Informe favorable o desfavorable
Pago del 50% una vez notificada la Resolución Individual.
Presentación de la solicitud de liquidación (en modelo oficial y documentación asociada)
Pago del 50% restante a la justificación de la ejecución parcial de, al menos, el 40% del desarrollo del proyecto. Esta justificación debe realizarse en un plazo no superior a 3 meses desde la emisión de la Resolución de concesión de la ayuda.
Puedes contactar con nosotros en:
Dirección General de Empresa – Junta de Extremadura
Paseo de Roma s/n, módulo D, primera planta.
Email: extremaduraempresa@juntaex.es